Citación a Reunión Extraordinaria – 21 de abril de 2017 – hora 14:00 – en la sede de COMEPA
31 marzo, 2017Taller análisis y discusión estratégica de FEPREMI
6 abril, 2017FEDERACIÓN DE PRESTADORES MÉDICOS DEL INTERIOR
CORPORACIÓN COOPERATIVA DE IAMPP
CITACIÓN.-
El Órgano de Dirección de la Federación de Prestadores Médicos del Interior – Corporación Cooperativa de IAMPP, cita a Reunión Ordinaria (art. 23 de los
Estatutos) para el día 21 de abril de 2017, a la hora 15:00, en el local de COMEPA – Colón 1224, Paysandú – para tratar el siguiente orden del día:
1o Designación del Presidente y Secretario de la Reunión Ordinaria.
2o Información a los asambleístas de la actividad desarrollada por el Consejo de Administración.
3o Fijar las compensaciones de los miembros del Órgano de Dirección, conforme lo establecido en el artículo 21 de los Estatutos y el pago de compensaciones y la restitución de gastos.
4o Elección de los integrantes del Órgano de Dirección y de la Comisión Auxiliar de FEPREMI, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria II de los Estatutos, que establece que la primera elección de autoridades con posterioridad a la aprobación del estatuto será realizada antes del 31 de mayo de 2017.
5o Designación de tres socios para firmar el acta.
La Reunión Ordinaria quedará válidamente constituida, luego de treinta minutos de la hora señalada, siempre que se encuentren presentes, por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los socios. Si no se consiguiere el número suficiente, en la primera citación, se hará una segunda convocatoria dentro de los sesenta minutos siguientes a la primera, llenando las mismas formalidades que la primera y estableciéndose que las mismas serán válidas con la presencia del veinticinco por ciento (25%) de los socios.- En tercera convocatoria que será una hora después de la segunda, con iguales formalidades, se podrá sesionar con el número de socios que concurran.
Para acreditar la representación será suficiente el otorgamiento del mandato en instrumento privado, con la firma certificada notarialmente.
También podrá ser otorgado mediante simple carta poder sin firma certificada, cuando sea especial para una asamblea.
El Órgano de Dirección de FEPREMI
Montevideo, 30 de marzo de 2017